Micelio

Artículo 47

Decreto 2324 de 1984 · Por el cual se organiza la Dirección General Marítima y Portuaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aceptación de responsabilidad . En caso de que una de los Capitanes de las naves en siniestro se declare culpable o responsable, el Tribunal de Capitanes elaborará el concepto dentro del término fijado e inmediatamente el Capitán de Puerto entrará a dictar el respectivo fallo, salvo que existieren otros presuntos responsables.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2324 de 1984