° De conformidad con las disposiciones anteriores, y en uso de la facultad conferida por el artículo 3° de la Ley 31 de 1931, trasládase al presupuesto del Ministerio de Correos y Telégrafos el saldo de $ 11,626-39, que en la fecha arroja el artículo 67 del capítulo 19, del presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores, con la siguiente imputación: MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS CAPITULO 59 Material y gastos varios. Artículo 483 bis. Para gastos de cablegramas y radiogramas oficiales remitidos por la Presidencia de la República, los Ministerios, la Contraloría General de la República, la Tesorería General de la República, y los que a estos Despachos dirijan las Legaciones y Consulados de la República facultados para ello por el Ministerio de Relaciones Exteriores $ 11,626 39
Artículo 4
De Conformidad Con Las Disposiciones Anteriores, Y En Uso De La Facultad Conferida Por El Artículo 3° De La Ley 31 De 1931, Trasládase Al Presupuesto Del Ministerio De Correos Y Telégrafos El Saldo De $ 11,626-39, Que En La Fecha Arroja El Artículo 67 Del Capítulo 19, Del Presupuesto Del Ministerio De Relaciones Exteriores, Con La Siguiente Imputación: Ministerio De Correos Y Telegrafos Capitulo 59 Material Y Gastos Varios
Decreto 903 de 1931 · Por el cual se centraliza el pago de cablegramas y radiogramas oficiales en el Ministerio de Correos y Telégrafos y se traslada una partida
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.