°. El Consejo de Economía Nacional se reunirá en el Palacio Presidencial, dos veces al mes, o cuando así lo disponga el Presidente de la República.
Decreto 777 de 1935 →Vigente
Artículo 2
El Consejo De Economía Nacional Se Reunirá En El Palacio Presidencial, Dos Veces Al Mes, O Cuando Así Lo Disponga El Presidente De La República
Decreto 777 de 1935 · Por el cual se reglamenta la Ley 23 de 1931, orgánica del Consejo de la Economía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.