Requisitos para el pago de las órdenes de trabajo . Para el pago de las órdenes de trabajo a que se refiere el artículo 9°, del Decreto-ley 468 de 1986, además del cumplimiento de los requisitos allí establecidos, deberá adjuntarse a la cuenta de cobro correspondiente el certificado de disponibilidad presupuestal expedido con anterioridad al cumplimiento de la orden de trabajo, así como la copia del plan de inversiones en el cual se haya contemplado la ejecución de la respectiva obra. El tesorero o pagador que infrinja la presente disposición, incurrirá en causal de mala conducta. CAPITULO IX De los anticipos.
Decreto 984 de 1989 →Vigente
Artículo 14
Requisitos Para El Pago De Las Órdenes De Trabajo
Decreto 984 de 1989 · Por el cual se reglamentan la Ley 7a de 1981, los Decretos-leyes 222 de 1983 y 468 de 1986
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.