Micelio

Artículo 1

Decreto 792 de 1952 · Sobre modalidad de unos pagos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. A la deuda por saldos anteriores a esta vigencia, proveniente de viáticos, transportes, material y elementos veterinarios de la Campaña contra la Fiebre Aftosa, se atenderá con imputación, en lo pertinente a los artículos 547, 549 y 550 del capítulo 48 el presupuesto del ministerio de agricultura. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 792 de 1952