Micelio

Artículo 11

Quórum

Decreto 710 de 1956 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Corporación Nacional de Servicios Públicos, y se dictan normas para el funcionamiento de esa entidad

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Quórum . La Junta podrá sesionar con tres (3) de sus miembros. Sus decisiones se tomaran siempre con un mínimo de tres (3) votos favorables. En toda sesión deberá estar presente el Ministerio de Fomento o su delegado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 710 de 1956