°. De los recursos . Los recursos que la Comisión Intersectorial obtenga para garantizar la participación del Estado colombiano en el Programa Temporadas Cruzadas Colombia - Francia 2017 , deberán transferirse al Fideicomiso Pro Colombia, en la Subcuenta que para el efecto se determine. Los recursos que provengan del Presupuesto General de la Nación, de las Entidades Territoriales y de los particulares mantendrán su independencia y se sujetarán para su manejo a la normativa vigente. Entre los recursos del Fideicomiso Pro Colombia y los recursos que se transfieran al precitado Fideicomiso para atender la participación de Colombia en el Programa Temporadas Cruzadas Colombia - Francia 2017 , se mantendrá una absoluta separación.
Para el manejo de los recursos consagrados en este artículo, se aplicarán las políticas que estén definidas por el Fideicomiso Pro Colombia. Los gastos de la ejecución de las actividades encaminadas a la participación del Estado colombiano en el Programa Temporadas Cruzadas Colombia - Francia 2017 , serán con cargo a dichos recursos.
Los costos adicionales que se generen en su totalidad por la creación y funcionamiento de la Comisión Intersectorial para el Programa Temporadas Cruzadas Colombia - Francia 2017 , al igual que los derivados de la participación del Estado colombiano en el Programa de que trata este Decreto, se atenderán de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones aprobadas para la Entidad del orden nacional que decida vincularse a estas iniciativas en cada vigencia fiscal, acorde con el Marco de Gastos de Mediano Plazo vigente.