Micelio

Artículo 6

Con El Fin De Ejecutar En Forma Ordenada El Presupuesto De Gastos, En Los Acuerdos Que Expide Mensualmente El Consejo De Gobierno Se Apropiarán Únicamente Las Doceavas Partes De La Partida Total Incluída Con Destino Al Pago De Sueldos Y Demás Gastos Que Se Cubran Por Mensualidades

Decreto 1104 de 1950 · Por el cual se aprueba el Decreto número 3, del 1º de enero de 1950, expedido por la Gobernación del Departamento del Chocó, con modificaciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Con el fin de ejecutar en forma ordenada el Presupuesto de Gastos, en los acuerdos que expide mensualmente el Consejo de Gobierno se apropiarán únicamente las doceavas partes de la partida total incluída con destino al pago de sueldos y demás gastos que se cubran por mensualidades. Únicamente se harán apropiaciones en acuerdos, sin sujeción a esta regla, para pagar servicios accidentales o auxilios a determinadas obras, sometiéndose en todo caso a las disponibilidades provenientes del producto de las rentas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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