º . E l Ministerio de Minas y Energía con base en el concepto emitido por la Dimar, aplicará la fórmula de que trata el presente Artículo y como resultado de esta operación definirá mediante resolución, el porcentaje de participación de cada entidad territorial en la distribución de regalías derivadas de la explotación de recursos naturales no renovables. Pe = (Let 1 /LT) Donde, Pe = Participación de la Entidad Territorial. Let 1 = Longitud del Litoral de cada una de las entidades territoriales dentro de la longitud de la línea de costa que quedan incluidas en la zona de Influencia del buffer. LT = Longitud total de la línea de costa que queda incluida en la zona de Influencia del buffer.
Decreto 1572 de 2006 →Vigente
Artículo 6
Decreto 1572 de 2006 · por el cual se reglamenta el artículo 9° de la Ley 756 de 2002.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.