Art. 3. º La Primera elección ordinaria de Presidente de la Republica para un cuatrenio tendrá lugar en los primeros quince días de las sesiones ordinarias del Congreso de 1914.
1.
° El Presidente de la República tomará posesión ante la Corte Suprema de Justicia, y en defecto de ésta, ante dos testigos.
2.
° El primer período presidencial ordinario empezará el 1 de enero de 1915.
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Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.