Micelio

Artículo 375

Ley 522 de 1999 · LEY 522 DE 1999, 12/08/1999, por medio de la cual se expide el Código Penal Militar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La acción se promoverá por medio de escrito dirigido al funcionario competente y deberá contener:

1.

La determinación de la actuación procesal cuya revisión se demanda con la identificación del despacho que produjo el fallo.

2.

El delito o delitos que motivaron la actuación procesal y la decisión.

3.

La causal que invoca y los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya la solicitud.

4.

La relación de las pruebas que se aporten para demostrar los hechos básicos de la petición.

Se acompañará copia o fotocopia de la decisión de primera instancia y constancia de su ejecutoria, proferida en la actuación cuya revisión se demanda.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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