º. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Decretos 3145 de 1990 y 1595 de 1994.
Decreto 2402 de 1997 →Vigente
Artículo 2
Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Decretos 3145 De 1990 Y 1595 De 1994
Decreto 2402 de 1997 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 009 del 14 de agosto de 1997, de la Junta Liquidadora del Fondo Nacional del Notariado, Fonanot, en liquidación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.