°. Sesiones. La Comisión deberá reunirse de forma ordinaria y por derecho propio mensualmente, o de forma extraordinaria, a solicitud de cualquiera de sus miembros, cuando así se requiera y sesionará con la mayoría simple de sus miembros.
El reglamento interno de la Comisión deberá establecer las reglas para su funcionamiento, tales como: el cuórum requerido para deliberar, las convocatorias a sesión y todos los aspectos necesarios para asegurar el cumplimiento de las funciones a su cargo.