Porcentaje de la transferencia. Conforme a lo señalado en el artículo 233 de la Ley 2294 de 2023, para aquellas plantas nuevas que aún no se encuentren en operación y que estén localizadas en áreas con la mayor radiación solar promedio anual (mayores a 5 kWh/m
Para plantas en operación o plantas con asignación de obligaciones al momento de la vigencia de la Ley 2294 de 2023, que estén localizadas en áreas con la mayor radiación solar promedio anual (mayores a 5 kWh/m
Conforme a lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 54 de la Ley 143 de 1994, se exceptúa de las transferencias establecidas en este artículo, a la energía producida por la que ya se paguen las transferencias por generación térmica o hidroeléctrica, dispuestas en el artículo 45 de la Ley 99 de 1993 o las normas que lo modifiquen o adicionen.
TEXTO CORRESPONDIENTE A