Art. 322. Los Ajentes consulares de la República residentes en Lóndres, Liverpool, Havre, Saint Nazaire, Budeos, Marsella, Jénova, Hamburgo, Brémen, Nueva York, Kingaton (Jamaica), Santhomas, Curazao i Maracaibo, enviarán cada mes a la Secretaría de Hacienda, por conducto de la de Relaciones Esteriores, las noticias siguientes :
1.ª Relacion de los buques mercantes que hayan salido en el mes con destino a los puertos de la República, espresando el nombre, porte i bandera de cada buque, i un dato lo mas exacto posible de la naturaleza i valor de su carga, i de las casas mercantiles a que salieron consignados. Los Ajentes consulares de Curazao, Santhomas i Maracaibo remitirán, ademas, un estracto de la parte de los sobordos relativa a la carga que se dirija al puerto de Cúcuta por la via de Maracaibo ;
2.ª De las importaciones hechas en los respectivos puertos, de artículos orijinarios de esta República, con los demás pormenores que se acaban de mencionar respecto de las esportaciones ;
3.ª Los documentos oficiales que se publiquen en las respectivas naciones, siempre que en ellos se encuentren datos relativos al consumo de la República ;
4.ª Todas las demás noticias que puedan servir, a juicio de los Ajentes consulares, para la formacion de la estadistica mercantil de la República.