Decreto 1905 de 1957 · Por el cual se distribuye una partida (Ramo de Carreteras Nacionales)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
° De la partida de $ 1.000.000.00 apropiada en el capítulo 527 articulo 5293 ordinal 22) del Presupuesto vigente, "para conservación de las carreteras del Plan Vial, según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado" hacerse la siguiente distribución: CAPITULO 257 Articulo 5293 ORDINAL 22)
Parágrafo 1
Para la carretela Cúcuta - Puente Internacional $ 12.500.00 Comuníquese y Publíquese
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.