Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vigente: Ministerio De Guerra Capítulo 40

Decreto 424 de 1947 · por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Guerra).

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente: Ministerio de Guerra Capítulo 40. Del Artículo 441. Para reparación de las unidades a flote 288.181.25 Al articulo 441-A Para adquisiciones de unidades a flote. 288.181.25

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 424 de 1947