º Contra las resoluciones que dicte el director General de Aduanas, conforme a lo dispuesto en este Decreto, solamente procederá el recurso de apelación en el efecto suspensivo ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Dicho recurso podrá interponerse dentro de los tres (3) días siguientes a la fecha en que se notifique la resolución.
Decreto 1467 de 1951 →Vigente
Artículo 3
Contra Las Resoluciones Que Dicte El Director General De Aduanas, Conforme A Lo Dispuesto En Este Decreto, Solamente Procederá El Recurso De Apelación En El Efecto Suspensivo Ante El Ministerio De Hacienda Y Crédito Público
Decreto 1467 de 1951 · Por el cual se suspenden unos artículos de la Ley 79 de 1931
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.