Programa general de compras e inversiones. Anualmente las Intendencias y Comisarías y sus entidades descentralizadas elaborarán un programa general de adquisición de bienes que requieran para su funcionamiento y organización, el cual servirá de base para efectuar las compras de la entidad, abrir las licitaciones respectivas y celebrar los contratos del caso. Asimismo, cada año las Intendencias y Comisarías y sus entidades descentralizadas elaborarán, de acuerdo con sus disponibilidades presupuestales y en consonancia con sus respectivos planes de desarrollo, programas de inversión en la diferentes actividades de la entidad y para la ejecución de las obras prioritarias que deban emprenderse. Estos programas servirán de base para la apertura de licitaciones y concursos, la celebración de contratos escritos y la expedición de órdenes de trabajo. El Gobierno Nacional reglamentará la forma de elaboración de tales programas, los requisitos para sus modificaciones y adiciones y la forma como el Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías - Dainco - participará en su confección y vigilará el cumplimiento de los mismos.
Decreto 468 de 1986 →Vigente
Artículo 14
Decreto 468 de 1986 · por el cual se adopta el Estatuto Contractual de las Intendencias y Comisarías.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.