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Artículo 7

º Las Funciones De La Oficina De Investigación Y Coordinación Científica Y De Las Divisiones Médica, Criminalística Y De Servicios Administrativos, Serán Las Siguientes: Oficina De Investigación Y Coordinación Científica

Decreto 55 de 1987 · por el cual se reestructura la Divisón de Medicina Legal del Ministerio de Justicia.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Las funciones de la Oficina de Investigación y Coordinación Científica y de las Divisiones Médica, Criminalística y de Servicios Administrativos, serán las siguientes: Oficina de investigación y Coordinación Científica

1.

Colaborar con la Dirección General en la elaboración de normas, planes y programas tendientes a lograr el adecuado funcionamiento de las dependencias y la prestación eficaz del auxilio pericial a la justicia.

2.

Colaborar con la Dirección General para fijar las pautas sobre las peritaciones médicas y criminalísticas e implementar procedimientos modernos en las labores de análisis y exámenes forenses.

3.

Adelantar y promover la realización de investigaciones en el campo de la medicina forense y las técnicas criminalísticas.

4.

Establecer y mantener relaciones científicas con las Universidades, el ICFES y la Escuela Judicial, con el fin de lograr una docencia adecuada en medicina forense y criminalística que sirva de base para elevar el nivel científico y técnico de los futuros peritos, funcionarios judiciales y de policía judicial.

5.

Colaborar con la Dirección General en la supervisión de las Divisiones Médica, Criminalística y de las Regionales.

6.

Colaborar con la Dirección General en las actividades de realización de concursos para la selección, ingreso y promoción del personal científico y técnico y propender por la capacitación y actualización permanente de los mismos. División Médica. 1. Colaborar con la Dirección General en la elaboración de normas, planes y programas tendientes a lograr el buen funcionamiento de la División. 2. Coordinar las actividades de las distintas Secciones que integran la División. 3. Ejercer funciones de supervisión y asesoría en asuntos medico-legales sobre las Direcciones Regionales y las Oficinas Seccionales. 4. Programar y realizar investigaciones en el campo forense, con el objeto de modernizar técnicas, instaurar nuevos procedimientos y hacer aportes en la prevención del delito y de las enfermedades. 5. Efectuar dictámenes en el campo científico médico, de acuerdo con las solicitudes de autoridades competentes. 6. Organizar los registros estadísticos de toda la Dirección General, la sistematización de los datos, y fuentes adecuadas de referencia y consulta. División Criminalística. 1. Colaborar con la Dirección General en la elaboración de normas, planes y programas tendientes a lograr el buen funcionamiento de la División. 2. Coordinar las actividades de las distintas Secciones que integran la División. 3. Ejercer funciones de supervisión y asesoría en asuntos criminalísticos sobre las Direcciones Regionales y las Oficinas Seccionales. 4. Programar y realizar investigaciones en el campo forense, con el objetivo de modernizar técnicas, instaurar nuevos procedimientos y hacer aportes en la prevención del delito. 5. Efectuar dictámenes en el campo técnico criminalístico, de acuerdo con las solicitudes de autoridades competentes. División de Servicios Administrativos. 1. Coordinar con el Fondo Rotatorio y con la División Administrativa del Ministerio de Justicia, lo relativo a la ejecución de obras, adquisición de equipos, materiales, suministros, mantenimiento, arrendamientos y en general a la gestión destinada al funcionamiento de las distintas dependencias de la Dirección General, conforme delegación que hará el Ministerio de Justicia. 2. Coordinar con la División de Personal del Ministerio de Justicia lo relativo a la selección, capacitación, promoción y manejo de personal, y llevar los registros pertinentes. 3. Colaborar con la Dirección General en la elaboración y ejecución del presupuesto y en la planeación de programas y servicios administrativos. 4. Conservar, guardar y distribuir adecuadamente los equipos, materiales, suministros, reactivos y en general los elementos de dotación de la Dirección General y de las Regionales. 5. Organizar y vigilar la prestación de los servicios de correspondencia, archivo, mantenimiento, transporte y demás servicios generales. 6. Colaborar con la Dirección General en el trámite de publicaciones de material científico y didáctico.

7.

Colaborar con la Dirección General en la organización, supervisión y control administrativo de las Regionales y de las Oficinas Seccionales.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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