°. Unidades Académicas . Son funciones de las Unidades Académicas, las siguientes: 4.1 Coordinar con el rector los programas de docencia, investigación y extensión de acuerdo con las políticas institucionales de desarrollo académico. 4.2 Coordinar con el rector la selección del personal docente y de apoyo del área académica. 4.3 Motivar las actividades académicas de Docentes y estudiantes mediante reuniones periódicas que propugnen por el mejoramiento y calidad de los programas. 4.4 Organizar, desarrollar, controlar y evaluar los planes y programas de docencia y académicos a su cargo y coordinar el uso de los recursos que le sean asignados para el desarrollo de las actividades de la unidad. 4.5 Dar cumplimiento a los reglamentos académicos de la institución. 4.6 Proponer a la Rectoría, al Consejo Académico y al Consejo Directivo, las reformas académicas que sean convenientes. 4.7 Determinar las necesidades de infraestructura y equipamiento del área académica y presentarlas a la Rectoría, para su inclusión en los planes de desarrollo y en los planes operativos de cada año. 4.8 Autorizar novedades académicas como habilitaciones, exámenes supletorios, uso de las salas de sistemas, material didáctico y ayudas audiovisuales de acuerdo con solicitud de Docentes o estudiantes. 4.9 Atender y coordinar la prestación de los servicios docentes y de asesoría a los programas académicos y los de asistencia en proyectos de investigación y de extensión a la comunidad. 4.10 Proponer la celebración de convenios o alianzas estratégicas con otras entidades para la realización de programas de pregrado y posgrado y demás actividades académicas relacionadas con la Unidad. 4.11 Realizar la promoción y divulgación de los programas y actividades académicas de la institución. 4.12 Reportar las respectivas novedades académicas y de notas a la Secretaría General de la institución. 4.13 Participar de las reuniones y decisiones del Consejo Académico y diseñar y presentar al mismo, para estudio y aprobación, los currículos, planes de estudio, reglamentos y demás proyectos relacionados con los programas académicos a su cargo. 4.14 Establecer relaciones de intercambio, mediante convenios con entidades nacionales e internacionales, para cualificar las políticas y planes de investigación Institucional. 4.15 Controlar el desarrollo del calendario académico y de las actividades de los Docentes y estudiantes adscritos a la Unidad. 4.16 Organizar, administrar, coordinar y controlar la adquisición de recursos bibliográficos, didácticos y de ayudas educativas y la prestación de dichos servicios, en coordinación con la rectoría. 4.17 Presentar propuestas o sugerir proyectos que permitan medir el impacto de los programas académicos en el medio circundante, establecer necesidades para el desarrollo y mantenimiento de programas y determinar la ubicación de sus egresados en el mercado laboral. 4.18 Presentar informes sobre el desarrollo de las actividades de la Unidad. 4.19 Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 1095 de 2004 →Vigente
Artículo 4
Unidades Académicas
Decreto 1095 de 2004 · por el cual se modifica la estructura del Instituto Nacional de Formación Técnica Profesional de San Andrés y Providencia y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.