Micelio

Artículo 5

º

Decreto 73 de 1983 · Por el cual se dictan medidas sobre la Cuenta Especial de cambios y se crean los Fondos de Inversiones Públicas y de Estabilización Cambiaria

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . A partir de 1984, los recaudos por concepto de los impuestos "ad-valorem" al café y complementario de remesas, previstos por los artículos 226 del Decreto-ley 444 de 1967 y 130 del Decreto legislativo 2053 de 1974, respectivamente, lo mismo que los ingresos que lleguen a producirse de la aplicación del artículo 136 del decreto primeramente citado, constituirán un ingreso corriente de la Nación, el cual deberá incluirse en el presupuesto conforme a su ley orgánica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 73 de 1983