°. Beneficios socioeconómicos del proceso de reintegración. La Alta Consejería Presidencial para la Reintegración Social y Económica de Personas y Grupos Alzados en Armas, fijará mediante resolución de carácter general los requisitos, características, condiciones y obligaciones necesarios para el acceso a los beneficios socioeconómicos reconocidos a la población desmovilizada, así como los montos de conformidad con los límites establecidos en este decreto. CAPÍTULO II Beneficios econ ó micos
Decreto 1391 de 2011 →Vigente
Artículo 2
Beneficios Socioeconómicos Del Proceso De Reintegración
Decreto 1391 de 2011 · por el cual se reglamentan los beneficios económicos de los programas de reintegración de la población desmovilizada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.