Micelio

Artículo 1

Suprímanse De La Planta De Personal Del Departamento Administrativo Del Servicio Civil Los Siguientes Cargos: No De Cargos Dependencia Y Denominación Del Cargo Código Grado Secretaría General 6 Profesional Universitario 3020 08 2 Profesional Universitario 3020 05 8 Profesional Universitario 3020 04 1 Técnico En Presupuesto 4035 10 1 Diseñador 4045 09 1 Técnico Operativo 4080 09 2 Coordinador 5005 20 1 Coordinador 5005 19 4 Secretario Ejecutivo 5040 13 1 Jefe De Almacén 5060 17 1 Cajero 5095 12 2 Supervisor 5105 12 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 2 Secretario 5140 10 1 Ayudante De Oficina 5155 07 2 Operario Calificado 6000 08 1 Operario Calificado 6000 07 2 Transcriptor De Datos 6005 08 3 Auxiliar De Servicios Generales 6035 07

Decreto 492 de 1992 · por medio del cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Suprímanse de la planta de personal del Departamento Administrativo del Servicio Civil los siguientes cargos: No de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado Secretaría General 6 Profesional Universitario 3020 08 2 Profesional Universitario 3020 05 8 Profesional Universitario 3020 04 1 Técnico en Presupuesto 4035 10 1 Diseñador 4045 09 1 Técnico operativo 4080 09 2 Coordinador 5005 20 1 Coordinador 5005 19 4 Secretario Ejecutivo 5040 13 1 Jefe de Almacén 5060 17 1 Cajero 5095 12 2 Supervisor 5105 12 1 Auxiliar Administrativo 5120 11 1 Auxiliar Administrativo 5120 07 2 Secretario 5140 10 1 Ayudante de oficina 5155 07 2 Operario Calificado 6000 08 1 Operario Calificado 6000 07 2 Transcriptor de Datos 6005 08 3 Auxiliar de Servicios Generales 6035 07

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 492 de 1992