Art. 331. Cuando, mediante acuerdo entre los Directores de estos Institutos y el Ministerio de Instrucción Pública, se hallare ser necesario en beneficio del respectivo Instituto el que alguno ó algunos de los Padres Salesianos emprendan viaje á Europa, éste será costeado por el Gobierno á razón de 2.000 francos en oro por cada persona.
Decreto 1238 de 1892 →Vigente
Artículo 331
Decreto 1238 de 1892 · Orgánico de la Instrucción pública secundaria y profesional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.