Micelio

Artículo 2

Adiciónese Un Parágrafo Al Artículo 2

Decreto 473 de 2020 · Por el cual se modifica el Decreto 1068 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público, en lo relacionado con operaciones de crédito público cuya celebración no comprenda la financiación de gastos de inversión.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Adiciónese un

Parágrafo

al artículo 2.2.1.2.1.9. del Decreto 1068 de 2015, el cual quedara así: “

Parágrafo 2

En los eventos en los cuales sea declarada una emergencia económica, social y ecológica por el Presidente de la Republica y mientras dure su declaratoria, las entidades estatales podrán extinguir las obligaciones originadas en créditos de tesorería con recursos provenientes de nuevos créditos. Para estos efectos se podrá utilizar la figura de la novación, entre otras. En aquellos eventos en que la entidad estatal requiera contratar créditos de tesorería para aliviar presiones de liquidez devenidas de Una emergencia económica, social y ecológica declarada por el Presidente de la Republica, dichos créditos no podrán sobrepasar en conjunto e/ quince (15%) de los ingresos corrientes de la respectiva entidad, Sin incluir los recursos de capital, de la correspondiente vigencia fiscal. Para el efecto, se requerirá de la autorización previa del Director General de Crédito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con.’

1.

Autorización impartida por el órgano directivo para celebrar el crédito de tesorería.

2.

Las proyecciones estresadas del flujo de caja del año en curso y la siguiente vigencia flsC6l, avaladas por el órgano directivo de la entidad estatal.

3.

Certificación del representante legal donde se justifique la necesidad de liquidez como consecuencia de la crisis económica, social y ecológica declarada.

4.

Concepto de no objeción a la operación, emitido por la Dirección General de Crédito Publico y Tesoro Nacional”.

Parágrafo 2

Artículo 2.2.1.2.1.9 DECRETO 1068 de 2015

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 473 de 2020