Micelio

Artículo 17

La Asamblea General De Accionistas Ejercerá Las Siguientes Funciones: A) Estudiar Y Aprobar Las Reformas A Los Estatutos, Autorizar La Fusión De La Empresa Social Con Otra U Otras Sociedades Y Decretar La Disolución Del Banco De Conformidad Con Las Disposiciones Pertinentes; B) Designar Y Remover Libremente Los Miembros De La Junta Directiva, Con Sus Respectivos Suplentes, Conforme A Las Prescripciones Legales Y A Estos Estatutos; C) Designar Y Remover Libremente El Revisor Fiscal Del Banco Y A Su Suplente, Conforme A Las Prescripciones Legales Y A Estos Estatutos, Y Fijarles Su Remuneración; D) Aprobar Las Cuentas, Inventarios, Balances, E Informes Escritos Que Deben Presentar Los Administradores Al Final De Cada Ejercicio Social; E) Acordar La Forma En Que Hayan De Distribuirse Y Pagarse Las Utilidades Sociales, Lo Mismo Que La Formación Y Destino De Las Reservas Distintas De La Legal Y Las Estatutarias, Que Sean Necesarias O Convenientes Para La Empresa Social; F) Impartir Al Liquidador O Liquidadores Las Órdenes O Instrucciones Que Reclame La Buena Marcha De La Liquidación Y Aprobar Las Cuentas Periódicas Y La Cuenta Final De La Misma; G) Cumplir Las Demás Atribuciones Que Le Están Expresamente Señaladas En Las Leyes Y En Los Estatutos; Y H) Tomar, En General, Las Medidas Que Exijan El Cumplimiento Del Contrato Social Y El Interés Común De Los Accionistas, Conforme A Las Leyes Vigentes Y A Los Estatutos

Decreto 2276 de 1991 · por el cual se aprueba una reforma de los Estatutos del Banco de los Trabajadores.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Asamblea General de Accionistas ejercerá las siguientes funciones

a)

Estudiar y aprobar las reformas a los estatutos, autorizar la fusión de la empresa social con otra u otras sociedades y decretar la disolución del Banco de conformidad con las disposiciones pertinentes;

b)

Designar y remover libremente los miembros de la Junta Directiva, con sus respectivos suplentes, conforme a las prescripciones legales y a estos estatutos;

c)

Designar y remover libremente el Revisor Fiscal del Banco y a su suplente, conforme a las prescripciones legales y a estos estatutos, y fijarles su remuneración;

d)

Aprobar las cuentas, inventarios, balances, e informes escritos que deben presentar los administradores al final de cada ejercicio social;

e)

Acordar la forma en que hayan de distribuirse y pagarse las utilidades sociales, lo mismo que la formación y destino de las reservas distintas de la legal y las estatutarias, que sean necesarias o convenientes para la empresa social;

f)

Impartir al liquidador o liquidadores las órdenes o instrucciones que reclame la buena marcha de la liquidación y aprobar las cuentas periódicas y la cuenta final de la misma;

g)

Cumplir las demás atribuciones que le están expresamente señaladas en las leyes y en los estatutos; y

h)

Tomar, en general, las medidas que exijan el cumplimiento del contrato social y el interés común de los accionistas, conforme a las leyes vigentes y a los estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2276 de 1991