Micelio

Artículo 1

El Artículo 2º Del Decreto 3746 De 1982, Quedará Así: "artículo 2º Por El Año Gravable De 1982, Las Sociedades Anónimas Abiertas Tendrán Derecho A Un Descuento Tributario Especial Del Diez Por Ciento (10%), El Cual Se Calculará Así: Del Impuesto Básico De Renta Se Restan Los Demás Descuentos A Que Haya Lugar Y A Este Resultado Se Le Aplica El Diez Por Ciento (10%)

Decreto 399 de 1983 · Por el cual se aclaran y modifican algunas normas del Decreto legislativo 3746 de 1982 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El artículo 2º del Decreto 3746 de 1982, quedará así: "Artículo 2º Por el año gravable de 1982, las sociedades anónimas abiertas tendrán derecho a un descuento tributario especial del diez por ciento (10%), el cual se calculará así: del impuesto básico de renta se restan los demás descuentos a que haya lugar y a este resultado se le aplica el diez por ciento (10%). Para las demás sociedades anónimas que cumplan los requisitos previstos en el artículo Siguiente el descuento será del ocho por ciento (8%)".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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