Micelio

Artículo 24

Decreto 285 de 1986 · por el cual se reglamenta el diseño, construcción y pruebas de las instalaciones de las plantas de abastecimiento y estaciones de servicio, y el envase, manejo, transporte y distribución de hidrocarburos y combustibles líquidos derivados del petróleo en dichas instalaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo tanque o grupos de tanques que con tengan productos de petróleo, deberán estar rodeados por un muro de retención impermeabilizado. Los muros de retención deberán constituirse en concreto, o tierra apisonada e impermeabilizada. La altura mínima de dichos muros será de 60 cms. y la máxima será de 2 metros. Estos muros pueden protegerse con grama o pastos de poco crecimiento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 285 de 1986