Micelio

Artículo 6

Vigencia De Los Registros Sanitarios

Decreto 386 de 2018 · Por el cual se establece el trámite para la obtención del registro sanitario de antivenenos, se simplifica el procedimiento para su renovación o modificación, y se dictan medidas para garantizar su disponibilidad.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. VIGENCIA DE LOS REGISTROS SANITARIOS. Los registros sanitarios que se expidan conforme a este decreto, tendrán una vigencia de cinco (5) años, contados a partir de la fecha en que el acto administrativo que lo concede quede en firme. CAPÍTULO 3 EVALUACIÓN FARMACOLÓGICA, FARMACÉUTICA Y LEGAL PARA LA OBTENCIÓN DEL REGISTRO SANITARIO DE ANTIVENENOS

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 386 de 2018