Micelio

Artículo 2

El Comité Creado Por El Artículo Anterior Tendrá A Su Cargo El Estudio Y Resolución De Los Siguientes Asuntos: A) Revisión De Todas Las Leyes Y Disposiciones Vigentes Sobre Inmigración Y Colonización Para Sugerir Las Modificaciones Que Convenga Introducirles

Decreto 596 de 1939 · Por el cual se crea un Comité de Inmigración y Colonización, y se fijan algunas funciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El Comité creado por el artículo anterior tendrá a su cargo el estudio y resolución de los siguientes asuntos

a)

Revisión de todas las leyes y disposiciones vigentes sobre inmigración y colonización para sugerir las modificaciones que convenga introducirles.

b)

Preparación de los proyectos de ley que sea necesario presentar al próximo Congreso en relación con la inmigración y la colonización.

c)

Estudio y elaboración de un plan de inmigración y colonización que permita al país aprovechar las condiciones en que actualmente se puede atraer hacia Colombia núcleos importantes de emigrantes europeos.

d)

Investigación general sobre las condiciones naturales de los baldíos de la Nación que pueden estimarse adecuados para la colonización con inmigrantes.

e)

Estudio de los medios de financiar la traída y radicación de inmigrantes individuales o grupos de inmigrantes. f)Preparación de los informes sobre la capacidad de receptividad inmigratoria del país, en cuanto a la profesión, actividad y condiciones de inmigrantes, que pueden recibirse para cumplir con la Resolución aprobada en la Conferencia Panamericana de Lima. g) Estudio de la cooperación que puedan prestar otros organismos oficiales y particulares del país, para facilitar los trabajos de inmigración y colonización. h) Acordar su propio reglamento Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 596 de 1939