Articulo 31. Si las mercancias depositadas estuvieren amenazadas de dmerito la Gerencia lo comunicara al interesado y en casos urgentes procedera a ejecutar las operaciones y maniobras necesarias para su conservacion aun sin avisar a los que con tal motivo se ocasionen seran cubiertos por los interesados.
Decreto 2034 de 1973 →Vigente
Artículo 31
Si Las Mercancias Depositadas Estuvieren Amenazadas De Dmerito La Gerencia Lo Comunicara Al Interesado Y En Casos Urgentes Procedera A Ejecutar Las Operaciones Y Maniobras Necesarias Para Su Conservacion Aun Sin Avisar A Los Que Con Tal Motivo Se Ocasionen Seran Cubiertos Por Los Interesados
Decreto 2034 de 1973 · Por la cual se reglamenta el funcionamiento de la Zona Franca Industrial y Comercial de Cúcuta
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.