Micelio

Artículo 1

Aplicar Una Medida Especial A Las Importaciones De Aceite De Soya Refinado Con Adición De Sustancias Desnaturalizantes En Una Proporción Inferior O Igual Al 1%, Originario De Argentina, Clasificado Por La Subpartida Arancelaria 1507

Decreto 887 de 2014 · por el cual se impone una medida especial a las importaciones de aceites.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Aplicar una medida especial a las importaciones de aceite de soya refinado con adición de sustancias desnaturalizantes en una proporción inferior o igual al 1%, originario de Argentina, clasificado por la subpartida arancelaria 1507.90.10.00, de la siguiente forma

1.

Suspender la aplicación del margen de preferencia vigente en el ACE 59 para el 2014, por el término de noventa (90) días, contados a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto.

2.

Establecer un contingente de importaciones, a partir de la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, equivalente a un volumen anual de 57.960 kilos para la subpartida arancelaria 1507.90.10.00, para los cuales se aplicará el margen de preferencia vigente en el ACE 59.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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