El Consejo Académico es la autoridad académica de la Universidad y órgano asesor del Rector. Está integrado por
El Rector, quien lo presidirá;
El Vicerrector Académico, quien lo presidirá en ausencia del Rector;
El Vicerrector o Director Administrativo;
Los Decanos de Facultad;
Un profesor y un estudiante, elegidos respectivamente por los representantes de los profesores y estudiantes en los consejos de Facultad. Actuará como Secretario del Consejo el Secretario General de la Universidad.
El período del representante de los profesores será de dos (2) años y el de los estudiantes de un (1) año, siempre y cuando conserven sus calidades. Para los miembros del Consejo, sujetos a período, éste se contará a partir de la fecha de su elección.
El Consejo Académico se reunirá ordinariamente cada quince (15) días, en el día hora y sitio que él mismo acuerde; extraordinariamente cuando sea convocado por el Rector.