Micelio

Artículo Transitorio

Ley 7 de 1951 · Sobre crédito popular e industrial

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo Transitorio . La partida a. que se refiere el artículo 3º se incluirá en el Presupuesto de la próxima vigencia y, en caso de no hacerse, autorizase al Gobierno para efectuar traslados, abrir los créditos correspondientes o efectuar operaciones de crédito que estime necesarias.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 7 de 1951