Las papeletas no podrán contener repetido el nombre de una misma persona; enumerarán, llegado el caso, bajo la denominación de principales y suplentes, debidamente separados, los nombres de los candidatos y deberán colocarse dentro de un sobre o cubierta para que puedan ser examinadas exteriormente, sin leer su contenido. Los sobres o cubiertas tendrán una longitud no mayor de un decímetro, a fin de que puedan introducirse fácilmente en la urna.
VOTACIONES
Disposiciones generales