Micelio

Artículo 6

Decreto 969 de 1961 · Por el cual se reorganiza el teatro de colón

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. La Escuela de Arte Dramático-tendrá las siguientes funciones

a)

Desarrollar planes de estudio y programas tendientes a la preparación técnica y cultural de personal idóneo para representaciones teatrales

b)

Desarrollar programas encaminados a incrementar las vocaciones artístico-teatrales y a estimular los institutos docentes de arte dramático y las empresas' y compañías teatrales del país;

c)

Efectuar, a través del Grupo Escénico, representaciones teatrales, tanto públicas como privadas, de conformidad con los programas establecidos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 969 de 1961