Artículo primero . Créase la Comisión Técnica Nacional de Coordinación e Integración entre las entidades que con-forman el sector de la Seguridad Social y las del Sistema Nacional de Salud, cuyo objetivo es el de estudiar, diseñar, proponer y promover acciones de coordinación e integración en la prestación de servicios de salud .
Decreto 1699 de 1984 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1699 de 1984 · Por el cual se crea una Comisión Técnica de Coordinación e Integración entre Organismos de Seguridad Social y el Sistema Nacional dé Salud.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.