Artículo único. Créase en las obras del Edificio Nacional y de Correos y Telégrafos de Garzón el cargo de Maestro de Obra de Segunda, con la asignación mensual de doscientos ochenta y dos pesos ($ 282), la cual se pagará con los fondos apropiados en el Presupuesto vigente para las dos obras, por partes iguales.
Si alguna de estas construcciones quedare terminada o suspendida por falta de apropiación en el Presupuesto, dicha asignación se pagará totalmente por la obra que disponga de fondos. Comuníquese y publíquese.