Micelio

Artículo 1

Decreto 1752 de 1950 · por el cual se crean un cargo en el ramo de Edificios Nacionales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Créase en las obras del Edificio Nacional y de Correos y Telégrafos de Garzón el cargo de Maestro de Obra de Segunda, con la asignación mensual de doscientos ochenta y dos pesos ($ 282), la cual se pagará con los fondos apropiados en el Presupuesto vigente para las dos obras, por partes iguales.

Parágrafo

Si alguna de estas construcciones quedare terminada o suspendida por falta de apropiación en el Presupuesto, dicha asignación se pagará totalmente por la obra que disponga de fondos. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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