Micelio

Artículo 8

Oficina De Planeación

Decreto 1223 de 2020 · por el cual se modifica la estructura de la Agencia de Renovación del Territorio

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina de Planeación . Son funciones de la Oficina de Planeación las siguientes

1.

Dirigir, administrar y promover el desarrollo, implementación y sostenibilidad del Modelo Integrado de Planeación y Gestión de la Agencia de Renovación del Territorio.

2.

Asesorar al Director General de la Agencia y a las demás dependencias en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas, planes, progra­mas y proyectos orientados al cumplimiento de los objetivos institucionales de la entidad.

3.

Elaborar, en coordinación con las dependencias de la Agencia para la Renovación del Territorio, el Plan de Desarrollo Institucional, con sujeción al Plan Nacio­nal de Desarrollo, los planes estratégicos y de acción, el Plan Operativo Anual y Plurianual de Inversiones, los Planes de Gestión y Desempeño y someterlos a aprobación del Director de la Agencia.

4.

Preparar, para la aprobación del Consejo Directivo, la definición de recursos para la cofinanciación de los proyectos de intervención territorial.

5.

Preparar, consolidar y presentar, en coordinación con la Secretaría General, el an­teproyecto de presupuesto, así como la programación presupuestal plurianual de la Agencia, de acuerdo con las directrices que imparta el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, el Departamento Nacional de Planeación y el Director General de la Agencia.

6.

Establecer, conjuntamente con las dependencias de la Agencia, los indicadores para garantizar el control de gestión a los planes y actividades de la Agencia.

7.

Realizar el seguimiento a la ejecución presupuestal de la entidad, gestionar las modificaciones presupuestales a los proyectos de inversión y adelantar el trámite ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación, de conformidad con el estatuto orgánico y las normas que lo regla­menten.

8.

Hacer el seguimiento y evaluación a la gestión institucional, consolidar el infor­me de resultados y preparar los informes para ser presentados ante las instancias competentes.

9.

Estructurar, conjuntamente con las demás dependencias de la Agencia para la Renovación del Territorio, los informes de gestión y rendición de cuentas a la ciudadanía y someterlos a aprobación del Director General de la Agencia.

10.

Ejercer la Secretaría Técnica del Comité Institucional de Gestión y Desempeño de conformidad con las normas que regulan la materia.

11.

Diseñar, en coordinación con las dependencias competentes, el Plan Anticorrup­ción· de la entidad, para la aprobación del Director General de la Agencia y coor­dinar su implementación.

12.

Diseñar, coordinar y administrar la gestión del riesgo en las diferentes dependen­cias y/o procesos de la entidad con la periodicidad y la oportunidad requeridas.

13.

Orientar la implementación del Sistema de Gestión de Calidad dentro de la Agencia.

14.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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