Artículo. 2.2.2.18.5. Adjudicación del Premio Nacional al Inventor Colombiano . Se hará mediante decreto y será certificada con diploma que llevará en la parte superior el Escudo de Colombia y la inscripción República de Colombia Ministerio de Comercio Industria y Turismo. El texto del diploma será el siguiente: Gobierno de la República de Colombia, con fecha (...) otorga el Premio Nacional al Inventor Colombiano (…) como reconocimiento a su contribución al desarrollo del país mediante la invención titulada o el modelo consistente en (…) El Diploma será firmado por el Presidente de la República de Colombia y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo. (Decreto 1766 de 1983, artículo 5°)
Decreto 1074 de 2015 →Derogado
Artículo 5
)
Decreto 1074 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.