COMPROBACIÓN DE SITUACIONES PARA GOCE DE PENSIÓN. Los beneficiarios de pensiones otorgadas por fallecimiento de Oficiales o Suboficiales en servicio activo o en goce de asignación de retiro o pensión, para mantener el derecho a disfrutar de tal prestación, deberán demostrar ante la entidad pagadora, que no han incurrido en las causales de extinción, previstas en el artículo 176 del Decreto 2062 de 1984, mediante declaración semestral juramentada y rendida ante Juez competente o con las pruebas legales adicionales que la entidad pagadora exija.
Decreto 827 de 1986 →Vigente
Artículo 92
Decreto 827 de 1986 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones del Decreto 2062 de 1984, Reorgánico de la Carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.