Principios de los sistemas de pago de bajo valor. En el funcionamiento, regulación y supervisión de los sistemas de pago de bajo valor se deberá
Promover el acceso, la transparencia y la eficiencia en la prestación de servicios de pagos.
Promover la innovación en la prestación de servicios de pagos.
Velar por la protección y los intereses de los usuarios.
Preservar la integridad y la estabilidad de los sistemas de pago de bajo valor.
Promover la adopción de estándares globales que permitan la interoperabilidad dentro de los sistemas de pago. Nota de Vigencia : Este artículo fue modificado por el artículo 1 del Decreto 1692 de 2020; para establecer su aplicación debe tenerse en cuenta lo dispuesto en el Régimen de transición del artículo 3 del Decreto 1692 de 2020, sin perjuicio del plazo señalado en el artículo 2 del mismo Decreto.