° De conformidad con lo establecido por el artículo 9° del decreto ley 1123 de 1942, son Oficiales de Justicia Militar: a). Los Oficiales combatientes que posean el titulo de doctor en Derecho y Ciencias Políticas, que se hallen inscritos en alguno de los Tribunales Judiciales de la República para ejercer la profesión de abogado y que soliciten su inscripción en el escalafón de Justicia Militar. b). Los abogados civiles titulados que se hallen inscritos y en ejercicio de la profesión de conformidad con lo establecido en la Ley 62 de 1928, y que se hayan inscrito en el escalafón de Justicia Militar después de llenar los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto 1123 de 1942, y llene las condiciones de capacidad física, moral profesional y técnica militar, de que trata este decreto.
Decreto 1330 de 1942 →Vigente
Artículo 1
De Conformidad Con Lo Establecido Por El Artículo 9° Del Decreto Ley 1123 De 1942, Son Oficiales De Justicia Militar: A)
Decreto 1330 de 1942 · Por la cual se reglamenta la carrera de oficiales de Justicia, de que trata el artículo 9° del Decreto - ley 1123 de 1942
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.