Micelio

Artículo 2.14.26.4.4

Mecanismos Comunitarios De Participación Y Representación

Decreto 1071 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Mecanismos comunitarios de participación y representación. La forma organizativa que haya impulsado el TECAM ejercerá actividades de coordinación y concertación para la regulación, ordenación y representación del territorio dentro de su ámbito geográfico, teniendo en cuenta las particularidades de sus pobladores, y de conformidad con el Plan de Vida Digna, siempre que no sean contrarios a la Constitución Política de Colombia, las leyes y las determinantes de ordenamiento territorial de acuerdo con lo previsto en la Ley 388 del 1997.

Parágrafo 1

Los TECAM facilitarán la concurrencia de las múltiples instancias de participación para la realización de los fines de las políticas agrarias y de desarrollo rural, como los Comités de Reforma Agraria, previstos como instancia de concertación entre el Gobierno nacional, las juntas de acción comunal, asociaciones y organizaciones campesinas legalmente constituidas y aspirantes a ser beneficiarios del programa especial de dotación de tierras para la producción de alimentos a favor de campesinos, según lo dispuesto en el artículo 2.14.6.9.8. del Decreto número 1071 de 2015.

Parágrafo 2

Se incentivará la participación de personas jóvenes y mujeres de los TECAM en los planes, programas y proyectos de los Planes de Vida Digna.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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