Para el cumplimiento de las funciones señaladas en el artículo anterior, el Ministerio de Justicia estará asistido por un Consejo Consultivo, presidido por. el Ministro e integrado por el Procurador General de la Nación y cuatro abogados en ejercicio, con condiciones para ser Magistrado de la Corte Suprema, designados para periodos de dos años, con sus suplentes personales así: Uno por la Corte Suprema de Justicia, uno por el Consejo de Estado, y dos por el Presidente de la República de listas presentadas por las asociaciones y corporaciones de abogados.
Decreto 320 de 1970 →Vigente
Artículo 35
Para El Cumplimiento De Las Funciones Señaladas En El Artículo Anterior, El Ministerio De Justicia Estará Asistido Por Un Consejo Consultivo, Presidido Por
Decreto 320 de 1970 · Por el cual se dicta el estatuto del ejercicio de la abogacía.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.