Micelio

Artículo 170

Decreto 2400 de 1986 · por el cual se revisa, reforma y pone en funcionamiento el Estatuto de la Carrera Judicial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Procuraduría General de la Nación podrá en cualquier momento y mediante resolución motivada iniciar o asumir la investigación disciplinaria contra un empleado judicial. En este último caso, el investigador deberá suspender las diligencias que estuviere adelantando y ponerlas a disposición de la Procuraduría. Si vencido el término de que trata el artículo 172 de este Decreto, la Procuraduría no concluye la investigación, el nominador respectivo o su delegado deberá reasumirla y la Procuraduría deberá entregar de inmediato el correspondiente expediente y no podrá asumirla nuevamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2400 de 1986