El Instituto Agustín Codazzi procederá, una vez sancionada esta Ley, a efectuar el reevaluó de la propiedad raíz en el Municipio de Ibagué, en forma preferencial a cualquiera otro municipio del país.
Ley 160 de 1959 →Vigente
Artículo 7
Ley 160 de 1959 · Por la cual se atiende a una calamidad pública en la ciudad de Ibagué
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.