Micelio

Artículo 7

La "corporación Autónoma Regional Del Cauca" Establecerá Una Dependencia Técnica Especial Con Personal Idóneo Suficiente, Encargado De Asesorar A Los Departamentos En La Organización De Sus Secciones De Vías A Fin De Que Se Adopten Normas Adecuadas Tanto De Diseño Como De Construcción, Y Colaborará En El Estudio De Los Contratos Respectivos Y En El Desarrollo Y Supervigilancia De Los Trabajos Para Garantizar La Eficaz Inversión De Los Fondos

Decreto 879 de 1956 · Por el cual se dan autorizaciones para establecer un impuesto adicional, se organiza su recaudo y se determina su destinación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La "Corporación Autónoma Regional del Cauca" establecerá una dependencia técnica especial con personal idóneo suficiente, encargado de asesorar a los Departamentos en la organización de sus secciones de vías a fin de que se adopten normas adecuadas tanto de diseño como de construcción, y colaborará en el estudio de los contratos respectivos y en el desarrollo y supervigilancia de los trabajos para garantizar la eficaz inversión de los fondos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 879 de 1956