°. Organizase un taller militar que constará del personal con las asignaciones que en seguida se expresan, el cual funcionará en el Cuartel del Batallón 1.° de Infantería, con los elementos que tenía el extinguido taller, así: Un Director, con sueldo de Capitán; Un Subdirector mecánico, con sueldo de Teniente; Un carpintero, con sueldo de Sargento primero; Un herrero, con sueldo de Sargento primero; Un ayudante de éste, con sueldo de Sargento segundo.
Decreto 635 de 1908 →Vigente
Artículo 1
Organizase Un Taller Militar Que Constará Del Personal Con Las Asignaciones Que En Seguida Se Expresan, El Cual Funcionará En El Cuartel Del Batallón 1
Decreto 635 de 1908 · Por el cual se organiza un taller militar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.